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¡Alista la documentación! Desde este martes empieza la declaración de renta

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La Dian recomienda tener lista la documentación antes de la fecha establecida para diligenciar la declaración.

Las personas naturales en Colombia deben presentar la declaración de renta desde el próximo 10 de agosto y hasta el 20 de octubre. La Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales, DIAN, espera recaudar 2,7 billones de pesos. Los contribuyentes que están obligados a cumplir con este requisito deben tener en cuenta los plazos para presentar la declaración de este impuesto, que se asigna con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria, NIT, del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación, como conste en el RUT.

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La Dian espera que más de 4 millones de contribuyentes declaren y paguen este impuesto. Pero, ¿qué personas naturales deben cumplir con esta obligación del año gravable 2020 y que se presenta en 2021? Aquí se lo contamos:
  1. Quienes tengan ingresos superiores a $49.850.000 durante 2020.
  2. Personas que tengan un patrimonio superior a $160.232.000 a diciembre 31 de 2020.
  3. Aquellos que hayan hecho un total de compras y consumos superior a $49.850.000 en 2020
  4. Quienes tengan un valor total de compras con tarjeta de crédito superior a $47.978.000 durante 2020.
  5. Personas naturales que tengan consignaciones o transferencias bancarias recibidas por más de $49.850.000 en 2020.

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La entidad encargada de recaudar los impuestos en el país recomienda reunir los documentos y soportes necesarios para presentar la declaración, anticiparse a las fechas y así poder evitar contratiempos.

¿Qué documentos necesitas alistar?

Según la Dian, estos son algunos de los documentos que se deben tener a preparados para diligenciar el formulario de la declaración de renta. Además, aclara que según el caso de la actividad económica de cada persona, es exigida documentación adicional. Es indispensable que todos quienes deben realizar este trámite deben tener una copia actualizada del RUT.

Para determinar el patrimonio

Para esto necesita los documentos en los que consten la titularidad de los bienes, derechos e inversiones y los que respaldan las deudas, con valores certificados a 31 de diciembre de 2020:
  • Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
  • Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
  • Declaración o estado de cuenta del Impuesto Predial de los bienes inmuebles que posea.
  • Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
  • Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de vehículos.
  • Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
  • Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como goodwill, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.
  • Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.

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Para determinar los ingresos

Es necesario que tenga los documentos en los que consten los ingresos recibidos durante el 2020. Por ejemplo:
  • Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.
  • Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
  • Certificados de ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  • Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  • Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales eres socio o accionista.
  • Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por tu empleador.

Para determinar los pagos que constituyen deducciones, gastos procedentes y descuentos tributarios

Es necesario certificar los pagos efectuados en el año 2020 y que tengan relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad con la actividad generadora de renta, o aquellos certificados que te otorguen beneficios fiscales. Por ejemplo:
  • Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  • Certificados por pagos de salud.
  • Pagos por concepto de impuestos de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Predial.
  • Certificados de las donaciones e inversiones que hayas efectuado durante el año.
  • Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes.
  • En los casos en que se requiera, la certificación para acreditar la deducción por dependientes económicos.
La Dian tiene habilitadas en su página web www.dian.gov.co varias ayudas y alternativas para realizar la declaración de forma virtual. ¿Qué pasa si no cumple con esta obligación en los tiempos estipulados? En caso de no presentar esta obligación en los tiempos estipulados podría enfrentarte a una sanción del 5% del impuesto que tienen a cargo por fracción de mes. La multa puede ir aumentando de acuerdo con el tiempo de demora en la declaración.