La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas excluyó de la JEP al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, por no haber hecho aportes plenos y concretos a la verdad sobre la retoma del Palacio de Justicia. El tribunal puso a Arias Cabrales a disposición del juzgado 15 de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, con el fin de que siga cumpliendo la condena de 35 años impuesta por la Corte Suprema de Justicia y que fue ratificada en septiembre de 2019. La sala de la JEP consideró que Arias Cabrales no realizó nuevos aportes a la verdad, más allá de lo que ya se había establecido en la justicia penal ordinaria.
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Ante la falta de aportes plenos y detallados sobre la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, el exoficial vulneró el régimen de condicionalidad que deben cumplir todos los comparecientes ante la JEP.
Una actitud "indolente e indiferente": JEP sobre comparecencia de Arias Cabrales
La sala concluyó que, durante los dos días de audiencia, Arias Cabrales asumió una actitud "indolente e indiferente" y "sus respuestas resultaron en varias ocasiones revictimizantes y ofensivas con las víctimas". En la audiencia, las víctimas le expusieron sus demandas puntuales de verdad y responsabilidad sobre los hechos por los que ya fue condenado y se refirieron a los daños causados. Preguntaron respecto a las razones por las cuales sus familiares fueron señalados y pidieron respuestas claras.
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Arias Cabrales negó un hecho indiscutible, como lo fue el control que tuvo sobre los comandantes de las unidades de la XIII Brigada a su cargo, así como de otras unidades tácticas y de inteligencia desplegadas durante la toma y la retoma. El general (r) tampoco suministró información que permitiera establecer el paradero de víctimas desaparecidas, ni los restos de aquellas que han sido entregadas por las autoridades de manera parcial a sus familiares.