La Corte Constitucional convocó a una audiencia pública para escuchar los distintos argumentos expuestos en los procesos de constitucionalidad que se presentaron contra las demandas de la Ley 2277 de 2022, conocida como reforma tributaria. La norma demandada prevé que la contraprestación económica a título de regalía de que tratan los artículos 360 (la explotación de un recurso natural no renovable) y 361 (ingresos corrientes del Sistema General de Regalías) de la Constitución Política no será deducible de la base gravable del impuesto sobre la renta, ni podrá tratarse como costo ni gasto de la empresa explotadora de recursos naturales no renovables.
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¿Qué dice la Corte?
Esta diligencia se llevará a cabo en dos jornadas: el 21 de julio y 4 de agosto de 2023, y será transmitida por las redes sociales y la página web de la Corte, donde participará el Gobierno Nacional, el sector extractivo y expertos independientes. Para los demandantes, según lo previsto en los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, las regalías son una contraprestación económica que pagan las empresas dedicadas a la explotación de recursos naturales no renovables, por lo que no constituyen una renta o un ingreso del contribuyente y, por lo mismo, no pueden ser gravadas con el impuesto sobre la renta. Adicionalmente, los actores alegaron que la disposición jurídica demandada desconoce el principio de igualdad tributaria del artículo 13 de la Constitución Política. Al respecto, sostuvieron que la medida que no prevé un trato similar a otros sujetos pasivos asimilables al sector que explota recursos naturales no renovables —como el sector de las telecomunicaciones— que pagan al Estado por la explotación de bienes públicos. La Sala Plena consideró que los mencionados expedientes revisten una complejidad técnica importante que incide en la valoración constitucional de la norma demandada. Especialmente, porque algunos intervinientes pusieron de presente posiciones contrarias sobre varios asuntos, entre ellos, la naturaleza jurídica de las regalías, su liquidación, tratamiento contable y tributario; las diferencias que existen entre el pago que se hace en especie y en dinero, entre otros.Lee también: Gobierno volverá a presentar la reforma laboral en segundo semestre de 2023
Decisión sobre la reforma tributaria
En consecuencia, se determinó la realización de la audiencia pública, en la cual ministros, expertos independientes y consejeros tendrán su espacio en la diligencia para presentar sus argumentos sobre si se debe tumbar o no el artículo de la reforma tributaria del gobierno Petro. "Esta audiencia tiene por objeto generar un escenario dialógico y de alto nivel con el Gobierno nacional, el sector extractivo y expertos independientes para que respondan preguntas relacionadas con los asuntos técnicos que subyacen a la solución de los cargos de inconstitucionalidad admitidos a trámite en los tres expedientes", expresaron desde la Corte Constitucional. En dos diligencias, se desarrollarán los siguientes ejes temáticos: la naturaleza jurídica de las regalías; la determinación, liquidación y recaudo de las regalías; el pago de las regalías y su presunta recuperación mediante su detracción de la renta bruta en el esquema anterior a la Ley 2277 de 2022; la aplicación de la norma y el cálculo del monto no deducible por pago de regalías y la determinación de la capacidad contributiva de los destinatarios de la medida y el impacto económico de la norma acusada. Colprensa.Más información: Corte Constitucional convoca audiencia pública para evaluar polémico artículo de la reforma tributaria