En un concepto enviado a la Corte Constitucional sobre una demanda conocida a la reforma tributaria en el artículo sobre el impuesto a las bebidas azucaradas, la Procuraduría dio su aval a la ley 2277 de 2022. Este documento se envió tras una demanda presentada en el Alto Tribunal, donde se argumentaban vicios de procedimientos de la ley y demás errores en el acceso de las bebidas azucaradas para la ciudadanía.
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Según los demandantes, en el trámite legislativo de la ley se desconocieron las reglas de conciliación de textos, asegurando que las cámaras no estuvieron integradas por congresistas pertenecientes a todas las bancadas. Esto sumado al argumento de otro demandante, quien argumenta que el impuesto a las bebidas azucaradas es una medida desproporcionada que desconoce el principio de igualdad, limita el acceso a personas de bajos recursos y las libertades económicas y de competencia.Reforma Tributaria: ¿Qué dijo la Procuraduría?
Al respecto, el ente de control expresó su concepto y declarando exequibilidad a la reforma tributaria propuesta por el presidente Gustavo Petro. Aseguró que la reforma tributaria defiende la norma demandada, pues atiende a un fin constitucionalmente legítimo y es la protección del derecho fundamental a la salud y a la alimentación adecuada, el cual puede ser protegido desde diversas aristas regulatorias. Igualmente, el Ministerio público resaltó que el impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas “no atenta contra el mínimo vital de los colombianos en situación de pobreza, pues el título afecta productos que no pueden calificarse como de primera necesidad”. Sobre el otro argumento sobre presuntos vicios de conciliación, la Procuraduría consideró que este no está llamado a prosperar “en tanto en el trámite de expedición de la ley 2277 de 2022 no desconoció el artículo 161 de la carta política”.Te puede interesar: CTI busca pruebas de presunta clonación del celular de Marelbys Meza
Colprensa.