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Corte Suprema concedió la libertad condicional a María del Pilar Hurtado

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El alto tribunal consideró que aunque los delitos por los que fue condenada son graves, esto no es suficiente para mantenerla privada de la libertad.

La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad condicional de la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado Afanador, condenada por las interceptaciones ilegales a Magistrados de la Corte Suprema, al periodista Daniel Coronel y al abogado Ramiro Bejarano. Hurtado había sido condenada a 14 años de prisión; multas por valor equivalente a 43.33 y 10 salarios mínimos; e inhabilitación intemporal de derechos y funciones públicas, por hallarse responsable de los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir agravado, concurso de dos falsedades en documento público, coautora de plurales delitos de violación ilícita de comunicaciones y varios delitos de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto.

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Sin embargo, la Corte decidió estudiar un recurso de apelación interpuesto por su abogado, y negado en varias oportunidades, y finalmente decidió conceder su libertad condicional, bajo el argumento de que: “Se advierte que el propósito resocializador de la pena se ha satisfecho, pues es evidente que, sumado a la significativa proporción de la sanción total cumplida hasta la fecha, el comportamiento de la implicada durante su reclusión permite predicar razonablemente que el cumplimiento total de la condena en confinamiento no resulta necesario”. Ahora, vale la pena recordar que tanto Hurtado como el Secretario General de la Presidencia, Bernardo Moreno Villegas, ordenaron la interceptación ilegal de magistrados, y demás personas, con el fin de obtener ilegalmente información a través de los organismos de inteligencia, para luego enviarla a los medios de comunicación y así desprestigiarlos. Además, ordenaron efectuar seguimientos patrimoniales y consultas en bases de datos reservadas a algunos Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Congresistas y otras personas, sin orden judicial. Cabe resaltar, que en la época que ocurrieron los hechos, esto es los años 2007 y 2008, existía un enfrentamiento del Presidente de la República con el Alto Tribunal, cuando se estudiaban investigaciones de algunos congresistas con paramilitares. Como, por ejemplo, los presuntos vínculos del Senador Mario Uribe Escobar con grupos ilegales de autodefensa.

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Concretamente, Hurtado y el equipo del DAS le hizo seguimiento al magistrado Ascencio Reyes Serrano, y a varios magistrados en un el viaje que hicieron a Neiva en junio de 2006, en una operación que se denominó Paseo. Además, contaron con la colaboración de la Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF, para hacer dichos seguimientos. No obstante, la Corte consideró que, en virtud del principio de resocialización de la pena, y teniendo en cuenta que Hurtado ya había cumplido las 3/5 partes de su condena, era justo concederle el beneficio. Colprensa