La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia concedió este lunes libertad provisional al suspendido gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, por vencimiento de términos. ¿Vencimiento de términos? De acuerdo con lo que dicta la ley, las personas en juicio tienen derecho a libertad provisional si pasados seis meses desde que quedó en firme la acusación en su contra, no se ha celebrado audiencia pública de juicio.
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En el caso de Gaviria, el plazo empezó a correr, según explicó la Sala Especial de Primera Instancia, desde el pasado 25 de marzo, cuando la Fiscalía confirmó la resolución de acusación y ordenó por segunda vez su detención. De modo que, “al haber transcurrido al día de hoy (27 de septiembre) más de los seis meses que establece el numeral quinto del artículo 365 de la Ley 600 de 2000 sin que se haya podido celebrar la audiencia pública por vicisitudes propias de la dinámica procesal, ajenas a maniobras dilatorias de la defensa o del procesado, un menos a incuria de la Sala Especia, se impone oficiosamente reconocer la procedencia de la causal liberatoria en favor de Gaviria Correa a partir del 27 de septiembre”. Recordemos que Gaviria fue cobijado con medida de aseguramiento el 5 de junio de 2020, con cumplimiento bajo detención domiciliaria. Ya el 16 de octubre de 2020 recuperó la libertad, tras el análisis de un recurso de habeas corpus por parte del Tribunal Superior de Medellín. Sin embargo, en marzo de este año, la Fiscalía volvió a acusar a Gaviria, ordenando su detención preventiva nuevamente.Uribismo le quita respaldo a Ley de Garantías en el presupuesto del 2022
Aníbal Gaviria es procesado por presuntas irregularidades en la contratación de las obras de mantenimiento y pavimentación de un tramo de la troncal de la Paz, durante su primer mandato como gobernador de Antioquia (2004-2007).