Este lunes a las 8 a.m. reabrió al público el piqueteadero Doña Segunda. El negocio fue cerrado tres días por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a causa de una multa relacionada al incumplimiento en la expedición de factura electrónica.
Al respecto, Doña Segunda, fundadora del negocio comentó a los medios de comunicación que, este cierre temporal afectó las ventas y los ingresos de 14 empleados que trabajan en el local. Sin embargo, el negocio ya estaba avisado del procedimiento y aún así dejaron que pasara el tiempo y que la Dian tomara medidas al respecto.
¿Cómo evitar cierres por el incumplimiento de la expedición de factura electrónica?
Recuerde que la evasión fiscal es un delito y pedir la factura electrónica ayuda al Estado a hacer un control mucho más efectivo de los impuestos.
Según lo contemplado en el Estatuto Tributario, es importante que tenga en cuenta estos puntos clave relacionados a la facturación electrónica:
Hay que estar atento a las comunicaciones previas de la DIAN. La entidad, hará una visita de orientación y sensibilización previa, generalmente los cierres nunca son de manera sorpresiva.
Si en la visita los funcionarios de la DIAN encuentran alguna irregularidad, la entidad formula un pliego de cargos que el establecimiento puede responder exponiendo los motivos del incumplimiento y dando las explicaciones para evitar las sanciones. Para ello, el responsable tiene un plazo de 10 días hábiles.
- Después de recibir los descargos, la DIAN, basada en las evidencias recogidas y las explicaciones del responsable, puede descartar el pliego de cargos o confirmarlo. Esta es una etapa que, de acuerdo con la ley, puede durar máximo seis (6) meses.
Si los cargos se confirman, la entidad emite una resolución que sanciona al establecimiento con su cierre por tres (3) días. Una vez más, el comercio tiene 10 días hábiles para responder, esta vez para interponer un recurso de reposición con la intención que la sanción sea reconsiderada.
El recurso debe ser analizado y fallado en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si el fallo confirma la sanción, el cierre deberá ocurrir en los 10 días hábiles siguientes.
- Durante el proceso, el establecimiento puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. Esta multa puede ser del 5%, del 10% o del 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la fecha de la visita que desencadenó el proceso.
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Según lo expuesto anteriormente, la DIAN, ratifica que estos cierres son producto de un proceso que lleva tiempo y en el cual, los comercios tienen la posibilidad de evitar el cierre temporal de sus establecimientos.
Por el momento, se reitera que el negocio de Doña Segunda, ya están en operación y se encuentra abierto al público en su horario habitual de 8 AM a 3:30 PM.
Más allá de la polémica, es importante recordar que el año pasado, la DIAN, cerró 355 establecimientos comerciales, tanto pequeños y medianos, así como cadenas de supermercado como Olímpica y El Éxito por la misma razón: irregularidades en la facturación electrónica. En lo que va del 2024 se han cerrado 119 establecimientos comerciales. Mantente informado y evita inconvenientes con la Dian.
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