El artículo en mención es liderado por el senador Ciro Ramírez.
La posible eliminación de la ley de garantías en la ley que dará vigencia al presupuesto general de la nación del 2022, ha llevado a considerar la misma como un mico por la oposición y una violación a la competencia de las comisiones políticas.
Mientras que las comisiones económicas del Senado y la Cámara avanzaron el miércoles en la discusión del proyecto de presupuesto, en la Comisión Primera del Senado se aprobó una proposición en la que reclaman respeto a la autonomía de los temas de cada una de las comisiones.
El rechazo a ese artículo del presupuesto general lo expresó, entre otros, el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, quien sostuvo que “el intentar que la ley de garantías no opere es ni más ni menos que una especie de licencia para que se utilice la contratación estatal con fines electorales"
Te puede interesar: Aprueban en primer debate el proyecto del Presupuesto de la Nación para 2022
¿Qué busca el artículo?
El artículo en mención es liderado por el senador Ciro Ramírez, para quien de aprobar esa norma no se va a evadir las normas sobre la transparencia en los procesos de contratación pública.
"Para no frenar el desarrollo de los territorios se quiere modificar un parágrafo de la Ley de Garantías que permita los convenios interadministrativos entre Alcaldías, Gobernaciones y Gobierno Nacional. De otra manera, estas administraciones tendrían que tener los convenios interadministrativos antes del 13 de noviembre y después solo se podría con el siguiente Gobierno porque la Ley de Garantías se acabaría en junio y el presidente se va el 07 de agosto", indicó.
Entre tanto, en la proposición de la Comisión Primera, presentada por el senador Luis Fernando Velasco, se señala que le piden a las comisiones económicas retirar ese mico porque les usurpa las funciones asignadas Velasco considera que las comisiones económicas no pueden modificar leyes estatutarias.
Lee también: ¿Quiénes se podrían trasladar de fondos privados a Colpensiones?
"Dicha norma corresponde al desarrollo de un mandato constitucional que reglamenta la elección del Presidente de la República y su contenido guarda estrecha relación con la salvaguarda del derecho fundamental a la participación ciudadana. Así lo determinó la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia C-1153 de 2005, mediante la cual efectuó el control de constitucionalidad de la norma", consideró.
¿Qué dijo el presidente Iván Duque?
Por su parte el presidente Iván Duque, desde los Estados Unidos, defendió el artículo, al considerar que: “En Colombia ya no hay reelección presidencial y eso implica que tengamos una circunstancia distinta. Además hay que mirarlo en otro contexto pensando en los alcaldes y gobernadores que se eligieron y tomaron posesión enero del año 2020, y que les ha tocado enfrentar una pandemia que les ha truncado muchas de las aspiraciones y programas”.
Indicó además que "eso se tiene que hacer con el más claros escrutinio y seguimiento de parte de los organismos de control porque la eliminación suspensión o modificación no es para que se gasten recursos sin ningún tipo de arbitrio, de seguimiento y de escrutinio minucioso por parte de los organismos de control".
Colprensa