El Consejo de Estado rechazó una tutela que buscaba prohibir al presidente Gustavo Petro la exhibición de la bandera del M-19 en eventos públicos. El alto tribunal determinó que esta acción se enmarca dentro de su derecho a la libertad de expresión y no vulnera los derechos de los ciudadanos.
La tutela había sido interpuesta por un ciudadano que argumentaba que la exhibición del estandarte del extinto grupo insurgente generaba “zozobra” y afectaba la “tranquilidad emocional” de la población. Además, señaló que esto representaba una revictimización para quienes padecieron la violencia, causando indignación pública.
Puedes leer: Presidente Petro denunció sobreendeudamiento por déficit de Iván Duque en subsidio a combustibles por $ 75 billones
Entre los derechos que, según el accionante, fueron vulnerados por el presidente se encontraban la dignidad humana, la seguridad ciudadana, el orden público, el derecho a la vida, la libertad e integridad personal, el acceso a información veraz e imparcial, y el derecho a la paz. También acusó al mandatario de hacer proselitismo político con esta acción.
No obstante, la Sección Tercera del Consejo de Estado concluyó que no existían pruebas concretas que demostraran una afectación real de los derechos del demandante o de la comunidad.
“Si bien alega la conculcación de varios derechos, el actor no presenta pruebas concretas que evidencien que la exposición del estandarte del desaparecido grupo subversivo conlleve una violación subjetiva de garantías constitucionales”, afirmó el fallo.
Puedes leer: Presidente Petro afirma que el Banco de la República busca estancar la economía del país
El tribunal también reiteró que el presidente tiene derecho a la libertad de expresión, por lo que la exhibición de la bandera no representa una acción ilegal ni contraria a la Constitución.
La decisión refuerza el precedente sobre los límites de la libertad de expresión en el ejercicio del poder y ratifica que, pese a la carga simbólica de la bandera del M-19, su exhibición por parte del jefe de Estado no constituye una vulneración de derechos fundamentales.
📢 Entérate de lo que pasa en Colombia, sus regiones y el mundo a través de las emisiones de RTVC Noticias: 📺 míranos en vivo en la pantalla de Señal Colombia y escúchanos en las 73 frecuencias de Radio Nacional de Colombia 📻.