Desde 1992, en Colombia han sido elegidos por la Corte Suprema de Justicia, 9 abogados como Fiscal General de la Nación. La mayoría ha cumplido su periodo de 4 años, salvo los casos de la primera mujer Fiscal, Viviane Morales, y Néstor Humberto Martínez. La primera sólo estuvo en alto cargo cerca de 15 meses y el segundo permaneció un poco más de dos años y medio por su renuncia. En el caso de la elección de Viviane Morales, la Corte Suprema de Justicia tardó casi 18 meses en su proceso de debate interno, generando una polémica interinidad en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, que dejó al penalista Guillermo Mendoza Diago ese tiempo como fiscal encargado. Puedes leer acá: Este es el dispositivo de seguridad para las manifestaciones del 22 de febrero en Bogotá Años después, tras la renuncia de Néstor Humberto Martínez, Fabio Espitia estuvo como encargado de la cabeza del ente acusador desde el 17 de mayo de 2019 hasta el 30 de enero de 2020. Solo 13 días después fue elegido por la Corte el fiscal Francisco Barbosa. En su portal web, la Corporación Excelencia a la Justicia hace pedagogía sobre el proceso de elección que contempla dos etapas: una bajo la responsabilidad de la Presidencia de la República y el otro en manos de la Corte Suprema de Justicia. Finalmente, el Presidente hace una terna de aspirantesa y la Corte, en un detallado protocolo, elige al Fiscal General por un periodo de 4 años. Después de la verificación e idoneidad de las hojas de vida, se convocan rondas de votaciones y el nombre elegido requerirá del voto favorable de las dos terceras partes (2/3) de sus integrantes. (Artículo 5 de Acuerdo Número 006 de 2002). En esta nota de Canal Institucional, te contamos las funciones del o la Fiscal General de la Nación La Constitución estable que no podrá ser reelegido, debe haber nacido en Colombia y ser ciudadano en ejercicio, con profesión de abogado y no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos. Debe o debió desempeñarse, al menos, durante 15 años en cargos en la rama judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.
Publicado:
22 de Febrero 2024, 10:34 AM
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