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Condenan a la Nación por muerte de joven en un CAI de Bogotá

Foto: Captura de video
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Los hechos ocurrieron el 8 de septiembre de 2018 en el CAI del barrio 20 de Julio.

Condenan a la Nación, a la Policía Nacional y al Ministerio de Defensa, por el suicidio del joven Julián Fernando Balcero Páez, en el interior de un CAI. Así lo definió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El Tribunal revocó el fallo de primera instancia, concedió el recurso de apelación presentado por los familiares del joven y reconoció a su favor el pago de los perjuicios materiales y morales, lucro cesante y el daño moral. El Tribunal consideró que se encontró probada la falla en el servicio por parte de la Policía Nacional, pues el traslado de Julián, que tenía por objeto su protección, se hizo a un CAI, y no a un Centro de Traslado de Protección (CTP) como se debió haber hecho. Además, la Policía Nacional no fue diligente, pues cuando Julián ingresó al CAI no se le retiraron los elementos con los cuales podría hacerse daño.

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"Para la Sala se encuentra acreditada la falla del servicio en la Policía Nacional por falta de aplicación o aplicación deficiente de los procedimientos y de las reglas de seguridad que se deben adoptar para las personas trasladadas como medida de protección", sostuvo el Tribunal. Foto: Colprensa

Los hechos por los que condenan a la Nación

Los hechos ocurrieron el 8 de septiembre de 2018, cuando Julián se encontraba con unos amigos en un bar de San Cristóbal. Allí le robaron su celular, lo que provocó que se enfrascará en una riña. Al llegar la policía, decidió trasladarlo a él y a uno de sus amigos al CAI del 20 de julio, en calidad de protegidos. Sin embargo, el policía encargado de la custodia no realizó un procedimiento de inspección, que incluye exigir el retiro de cordones o correas, antes de ingresarlos a la celda, y no estuvo pendiente de los retenidos. Foto: Facebook @julian.balceromfc Una hora después de haber ingresado al CAI, Julián se suicidó con un cordón de su zapato. La Sala consideró que en este caso había concurrencia de causas, ya que al tratarse de un suicidio también había culpa exclusiva de la víctima, lo que significa una disminución del monto de la condena. Colprensa