Como cumplimiento por parte de MinTransporte a los camioneros en los pasados acuerdos, se dio a conocer la resolución de los sistemas Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (SICE-TAC) y el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC).
De acuerdo con la ministra de Transporte, María Constanza García, el objetivo es la reglamentar aspectos claves de estos dos sistemas. En el pasado paro camionero, el gremio dio a conocer sus inconformidades de estos sistemas y con ello ahora es la actualización con la obligatoriedad del pago del empresario al transportador de carga, entre otros ajustes.
“En septiembre, cuando tuvimos el paro de camioneros, fueron evidentes algunos aspectos que debíamos mejorar respecto a las relaciones económicas del sector, entre el generador, el empresario, el transportador y precisamente estas resoluciones buscan incorporar al sistema definiciones y condiciones de operación para poder lograr una simetría en las relaciones”, explicó la ministra de Transporte, María Constanza García Alicastro.
Los proyectos de actos administrativos fueron publicados en la página web y se recibieron más de 250 observaciones. Como resultado del análisis de las alternativas presentadas, se hicieron los ajustes a los documentos, los cuales permitirán la actualización de los sistemas e integrarán el inicio del cambio estructural para el transporte de carga.
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Principales cambios en el SICE-TAC:
1. Obligatoriedad de costos mínimos de operación: se aclara que los costos SICE-TAC no son solo costos de referencia. Se elimina la posibilidad de interpretación y se establecen controles para garantizar la equidad en las relaciones económicas del transporte de carga.
2. Nuevas tipologías vehiculares: se crea el SICE-TAC para volquetas y vehículos de carga liviana, así como el periodo de implementación.
3. Tipos de carga: se incluyen graneles líquidos y se ajusta el modelo de carga refrigerada.
4. Actualización de costos: se generan definiciones para la actualización de costos, según el modelo del vehículo. Se incluyen las horas de trabajo dispuestas por la ley para los transportadores, se reduce el plazo de amortización de los vehículos de 16 a 10 años y se establece la revisión de los costos de manera mensual, no trimestral.
5. Optimización de tiempos logísticos: se parametriza un registro mínimo de cuatro horas logísticas por viaje para cargue, descargue y espera.
Los ajustes del SICE-TAC también generarán modificación en los costos de transporte, para reflejar las condiciones actuales de las relaciones económicas entre todos los actores.
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Actualizaciones en la normativa RNDC
1. Cumplimiento de costos eficientes: no se expedirá manifiesto que tengan valores inferiores a los costos establecidos por el SICE-TAC.
2. Registro de tiempos logísticos en tiempo real: se define la transición para la implementación del registro de tiempos logísticos de manera automática y a través del uso obligatorio de tecnologías.
3. Aceptación del manifiesto: el transportador, a través del sistema, aceptará y confirmará las condiciones finales de pago. Quedará trazabilidad de la transacción entre la empresa y el transportador, facilitando la gestión y seguimiento del cobro del valor a pagar.
4. Reporte de mercancías peligrosas: se deberá incluir información más detallada y frecuente, reportando viaje a viaje en lugar de cada seis meses.
#NosMovemosPorLosTransportadores|
🚛 Emitiremos 2 resoluciones que actualizan #SICETAC y #RNDC. 💡 Estas integran acuerdos alcanzados en mesas con las bases transportadoras, tras recibir más de 250 observaciones y ajustar propuestas.
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