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Procuraduría advierte a funcionarios públicos que intervengan en política

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El Ministerio Público recordó las prohibiciones que tienen servidores públicos en época electoral.

La Procuraduría General de la Nación advirtió que continuará vigilando el cumplimiento de las normas que prohíben la participación en política de servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas. Es así como la procuradora Margarita Cabello, en su calidad de cabeza del Ministerio Público y como presidenta de la Comisión Nacional de Control Electoral, pidió a los actuales gobernadores y alcaldes abstenerse de realizar actos de política partidista que pongan en riesgo las garantías del proceso electoral

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Cabello recordó a los mandatarios territoriales que, ocupar sus cargos como producto de una elección en la que participaron en representación y avalados por una organización política, “no los exonera de cumplir con las normas establecidas para la salvaguarda del equilibrio debido en todo el proceso electoral”. La Procuradora agregó que las normas que prohíben la participación en política son de conocimiento pleno por parte de los mandatarios territoriales, así como las consecuencias en caso de incumplirlas.

Prohibiciones

La Procuraduría recordó a los funcionarios públicos las prohibiciones que tienen en época electoral:
  1. No utilizar la autoridad para ponerla al servicio de una causa política.
  2. No acosar, presionar, o determinar en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
  3. Evitar usar los elementos destinados al servicio público para hacer proselitismo.
  4. No usar, con los mismos fines, información reservada a la cual tengan acceso por razón de su cargo.
  5. No exonerarse del cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales, con el pretexto de ejercer el derecho de participación en política.
  6. No disponer del tiempo de servicio u horario de trabajo para gestionar actividades de tipo político.
  7. No realizar contribución al financiamiento de partidos, campañas, o causa política, salvo las excepciones previstas para los miembros de las corporaciones públicas.
  8. No difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión, y de radio o imprenta pública.
  9. No ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato o indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.