La Corte Constitucional protegió el derecho de un trabajador venezolano despedido sin justa causa, al concluir que el empleador vulneró el derecho fundamental a la seguridad social por no afiliarlo al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). De acuerdo con lo conocido por la Corte, el ciudadano a través de una acción de tutela, argumentó que su empleador no lo había afiliado al SGRL, despidiéndolo de forma discriminatoria, pese a necesitar una cirugía y varias terapias físicas para recuperar la movilidad de un dedo, luego de cortarse en medio de sus labores.
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Las pruebas que reposan en el expediente demostraron que las secuelas del accidente dificultaron significativamente el desempeño de las funciones del accionante, ya que no podía sujetar correctamente las herramientas de trabajo. El alto Tribunal concluyó en este punto que, el empleador vulneró el derecho fundamental a la seguridad social, por no afiliarlo al SGRL negando las garantías para la intervención quirúrgica ordenada por el médico y no suministró el pago de los medicamentos que necesitaba para su recuperación.La Corte sobre este trabajador venezolano
Así mismo, la Corte advirtió que el despido de este trabajador venezolano fue discriminatorio e ineficaz, al desconocer el derecho fundamental a la estabilidad laboral, debido a las razones de salud. Esto teniendo en cuenta que el empleador no solicitó la autorización al Ministerio de Trabajo para terminar el contrato de este trabajador venezolano, a pesar de la situación delicada de salud por la que atravesaba el accionante.Puedes leer: Colombia y Venezuela buscan plan bilateral para reactivar la frontera terrestre
Este fallo concedió el amparo de los derechos fundamentales del accionante, ordenando el reintegro del trabajador a un cargo en el que no sufra riesgo de empeorar su salud y debe ser afiliado al Sistema de Seguridad Social Integral. Finalmente, el empleador tendrá que pagar la valoración médica que requiera el accionante para determinar su diagnóstico actual y cubrir el costo de su tratamiento. Colprensa.