Tras la acción de tutela presentada por Cleiner Almanza con el fin de que “se ordene la exhumación de los restos de su hermano Julio César Blanco que se encuentran ubicados en el cementerio central del municipio de Sincelejo”, el Tribunal Superior de Cartagena profirió fallo el día 22 de abril de 2029, a favor de la Accionante y ordenó a los accionados que “acuerden una forma segura y adecuada de exhumar los cadáveres no identificados en la zona donde podría encontrarse el hermano de la demandante”.
Asimismo, se solicitó que la JEP interviniera ya que Julio Blanco fue una víctima del conflicto armado en los Montes de María. Es por ello que, el 20 de Diciembre de 2024, la JEP mediante Auto, ordenó a la Alcaldía de Sincelejo que procediera de forma inmediata a la custodia y acordonamiento provisional de la Manzana 6 del Cementerio Central de Sincelejo, con los objetivos planteados en esta providencia.
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Por consiguiente la Alcaldía de Sincelejo, en cumplimiento de lo solicitado por la JEP, aseguró a través de un comunicado que junto con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas y la Fiscalía General de la Nación, se procedió con la intervención física.
Una vez finalizadas las exhumaciones, el día 4 de diciembre de 2024, la administración construyó un cerramiento provisional, en la parte de la Manzana 6 que actualmente es intervenida por la Fiscalía General de la Nación.
Según la contestación al Auto MPVG -060 de 14 de febrero 2025, por parte de la administración: “actualmente y desde el día 11 de Febrero de 2025, la Fiscalía 80 ESPECIALIZADA DE CARTAGENA, se encuentra en terreno realizando la intervención del área con personal especializado, con miras a la exhumación de los restos de Blanco Vides”.