La aplicación de la Ley 2001 de 2101 continúa esta semana, reduciendo la jornada laboral de forma gradual sin que los salarios disminuyan o que algún derecho de los trabajadores sea afectado.
A partir de mañana, los trabajadores pasarán de tener que trabajar 47 a 46 horas semanales.
El Código Sustantivo del Trabajo fue modificado, ya que esta ley reformó el artículo 161, estableciendo la duración máxima de la jornada laboral de hasta 42 horas a la semana como máximo, recordemos que el cambio será gradual que ya había comenzado el año pasado con una reducción de una hora.
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A partir del 16 de julio de 2025, se reducirá otra hora más; y, por último, el 16 de julio de 2026, la jornada se reducirá, alcanzando un máximo de 42 horas laborales semanales.
Esta medida solo afectará a los y las trabajadores que tienen contratos con empresas privadas. La ley no aplica para servidores públicos, con excepción de aquellas personas que laboren en empresas estatales y su relación laboral esté bajo el Código Sustantivo del Trabajo.
Esta reducción de las horas laborales comprende un incremento del valor de la hora diaria laborada; esto quiere decir que, por menos tiempo laborado, los trabajadores seguirán percibiendo el mismo salario.
La ley busca que el Estado colombiano se aproxime a los estándares internacionales, recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ya que brinda más tiempo libre y mayor productividad a los empleados.
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Día libre de la familia con la reducción de la jornada laboral
Con la reducción de la jornada laboral, desaparecerá la obligación de otorgar la jornada semestral para compartir con la familia, establecida por la Ley 1857 de 2017.
Esta eliminación se hará efectiva una vez la jornada máxima se reduzca a 42 horas semanales, lo cual está previsto para julio de 2026. Sin embargo, si las empresas deciden adoptar la jornada de 42 horas de forma anticipada, esta obligación podría eliminarse antes de esa fecha.